1.1. Misión, visión, funciones y deberes.
1.1.a. Misión y Visión.
1.1.b. Funciones y deberes.
Las Cámaras de Comercio ejercen las funciones señaladas en el artículo 86 del Código de Comercio, y en las demás normas legales y reglamentarias. Las cuales se citan a continuación: (Art. 4 Decreto 2042/2014 – reglamentario de la Ley 1727 de 2014)
- Servir de órgano consultivo del Gobierno nacional y, en consecuencia, estudiar los asuntos que este someta a su consideración y rendir los informes que le soliciten sobre la industria, el comercio y demás ramas relacionadas con sus actividades.
- Adelantar, elaborar y promover investigaciones y estudios jurídicos, financieros, estadísticos y socioeconómicos, sobre temas de interés regional y general, que contribuyan al desarrollo de la comunidad y de la región donde operan.
- Llevar los registros públicos encomendados a ellas por la ley y certificar sobre los actos y documentos allí inscritos.
- Recopilar y certificar la costumbre mercantil mediante investigación realizada por cada Cámara de Comercio dentro de su propia jurisdicción. La investigación tendrá por objeto establecer las prácticas o reglas de conducta comercial observadas en forma pública, uniforme, reiterada y general, siempre que no se opongan a normas legales vigentes.
- Crear centros de arbitraje, conciliación y amigable composición por medio de los cuales se ofrezcan los servicios propios de los métodos alternos de solución de conflictos, de acuerdo con las disposiciones legales.
- Adelantar acciones y programas dirigidos a dotar a la región de las instalaciones necesarias para la organización y realización de ferias, exposiciones, eventos artísticos, culturales, científicos y académicos, entre otros, que sean de interés para la comunidad empresarial de la jurisdicción de la respectiva Cámara de Comercio.
- Participar en la creación y operación de centros de eventos, convenciones y recintos feriales de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1558 de 2012 y las demás normas que las sustituyan, modifiquen o adicionen.
- Promover la formalización, el fortalecimiento y la innovación empresarial, así como desarrollar actividades de capacitación en las áreas comercial e industrial y otras de interés regional, a través de cursos especializados, seminarios, conferencias y publicaciones.
- Promover el desarrollo regional y empresarial, el mejoramiento de la competitividad y participar en programas nacionales de esta índole.
- Promover la afiliación de los comerciantes inscritos que cumplan los requisitos señalados en la ley, con el fin de estimular la participación empresarial en la gestión de las cámaras de comercio y el acceso a los servicios y programas especiales.
- Prestar servicios de información empresarial originada exclusivamente en los registros públicos, para lo cual podrán cobrar solo los costos de producción de la misma.
- Prestar servicios remunerados de información de valor agregado que incorpore datos de otras fuentes.
- Desempeñar y promover actividades de veeduría cívica en temas de interés general de su correspondiente jurisdicción.
- Promover programas, y actividades en favor de los sectores productivos de las regiones en que les corresponde actuar, así como la promoción de la cultura, la educación, la recreación y el turismo.
- Participar en actividades que tiendan al fortalecimiento del sector empresarial, siempre y cuando se pueda demostrar que el proyecto representa un avance tecnológico o suple necesidades o implica el desarrollo para la región.
- Mantener disponibles programas y servicios especiales para sus afiliados.
- Disponer de los servicios tecnológicos necesarios para el cumplimiento y debido desarrollo de sus funciones registrales y la prestación eficiente de sus servicios.
- Publicar la noticia mercantil de que trata el numeral 4 del artículo 86 del Código de Comercio, que podrá hacerse en los boletines u órganos de publicidad de las cámaras de comercio, a través de Internet o por cualquier medio electrónico que lo permita.
- Realizar aportes y contribuciones a toda clase de programas y proyectos de desarrollo económico, social y cultural en el que la nación o los entes territoriales, así como sus entidades descentralizadas y entidades sin ánimo de lucro tengan interés o hayan comprometido sus recursos.
- Participar en programas regionales, nacionales e internacionales cuyo fin sea el desarrollo económico, cultural o social en Colombia.
- Gestionar la consecución de recursos de cooperación internacional para el desarrollo de sus actividades.
- Prestar los servicios de entidades de certificación previsto en la Ley 527 de 1999, de manera directa o mediante la asociación con otras personas naturales o jurídicas.
- Administrar individualmente o en su conjunto cualquier otro registro público de personas, bienes, o servicios que se deriven de funciones atribuidas a entidades públicas con el fin de conferir publicidad a actos o documentos, siempre que tales registros se desarrollen en virtud de autorización legal y de vínculos contractuales de tipo habilitante que celebren con dichas entidades.
Ver todas la funciones de las Cámaras de Comercio
1.2 Estructura orgánica – organigrama.
1.2.a. Organigrama.
1.3 Mapas y cartas descriptivas de los procesos.
1.4. Directorio Institucional incluyendo sedes, oficinas, sucursales, o regionales, y dependencias.
1.5 Directorio de empleados o contratistas.
1.6. Directorio de entidades.
1.6.1. Listado de entidades que integran el sector/rama/organismo, con enlace al sitio Web de cada una de éstas, en el caso de existir.
1.7. Directorio de agremiaciones, asociaciones y otros grupos de interés.
1.8 Servicio al público, normas, formularios y protocolos de atención.
1.9 Procedimientos que se siguen para tomar decisiones en las diferentes áreas.
1.10. Mecanismo de presentación directa de solicitudes, quejas y reclamos a disposición del público en relación con acciones u omisiones del sujeto obligado.
Participación en la formulación de políticas
Mecanismos para la participación en la formulación de políticas y evaluación de la gestión de la Cámara de Comercio de La Guajira por parte de los ciudadanos, usuarios o interesados:
PARTICIPACION EN POLITICAS DE LA ENTIDAD: La participación de ciudadanos, usuarios o interesados en la formulación de políticas de la Cámara de Comercio de La Guajira, se pueden establecer en dos dimensiones:
- De manera directa y Representativa.
- De manera Indirecta.
DE MANERA DIRECTA Y REPRESENTATIVA: Se establece de manera directa y representativa haciendo ejercicio del Derecho a elegir y se elegido como miembro de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de La Guajira, de acuerdo a lo consagrado para tal fin en la Ley 1727 de 2014 y su Decreto Reglamentario 2042 de 2014 o la norma que la remplace o la modifique.
DE MANERA INDIRECTA: De manera indirecta podrá participar de las políticas de la Cámara de Comercio a través de:
- Diligenciamiento de PQRS y radicación de esta, bien sea de forma física en la Carrera 6 #11-03 de la ciudad de Riohacha (La Guajira), página web www.camaraguajira.org o correo electrónico ccguajira@camaraguajira.org.
- Participando en encuestas de percepción y/o diagnóstico, satisfacción al cliente, entre otras, adelantadas por la Cámara de Comercio de La Guajira.
- Agremiaciones Sectoriales aliadas como FENALCO, Comisión regional de Competitividad, entre otras.
EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE LA GUAJIRA: La evaluación de la Gestión de la Cámara de Comercio de La Guajira podrá ser llevada a cabo a través de la revisión de informes de Gestión, los cuales encontrarán publicados en la página de la entidad (www.camaraguajira.org)
1.11. Calendario de actividades.
1 .12 Información sobre decisiones que pueden afectar al público.
1.12.1 Información sobre decisiones que afectan al público
Ingresar
1.13 Entes y autoridades que nos vigilan.
Superintendencia de Sociedades: De conformidad con el artículo 87 del Código de Comercio, la Superintendencia de Industria y Comercio es la entidad competente para ejercer control y vigilancia administrativa y contable sobre las Cámaras de Comercio.
Visitar sitio web de Super Sociedades.
Contraloría General de la República: En virtud de lo previsto en el artículo 88 del Código de Comercio, el artículo 267 de la Constitución Política de 1991, la Ley 42 de 1993, la Ley 610 de 2000 y la Ley 1474 de 2011, le corresponde a la Contraloría General de la República, ejercer la vigilancia de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.
Visitar sitio web de esta entidad.
Procuraduría General de la Nación: La Ley Estatutaria 1712 de 2014 asignó la función de garante del Derecho Fundamental de Acceso a la Información Pública al Ministerio Público el cual, es ejercido en virtud de lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Política de 1991 por el Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo, por los procuradores Delegados y los Agentes del Ministerio Público, por la Defensoría del Pueblo y por los Personeros Municipales. Igualmente, el Ministerio Público ejerce la función de supervigilar y promover el cumplimiento de las disposiciones que regulan el derecho fundamental de petición.
Visitar sitio web de esta entidad.
Unidad de Pensiones y Parafiscales – UGPP: Esta entidad ejerce funciones de seguimiento, colaboración y determinación de la adecuada, completa y oportuna liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la Protección Social.
Visitar sitio web de esta entidad.
- Archivo General de la Nación: De acuerdo con lo establecido por la Ley 594 de 2000 y su Decreto reglamentario 106 de 2015, al Archivo General de la Nación, le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la función archivística.
Visitar sitio web de esta entidad. - Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales DIAN: Recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Visitar Sitio Web de esta Entidad
Mecanismos de Control
- Internos: La Cámara de Comercio de La Guajira cuenta con un plan de Auditorías Internas, liderado por la oficina de Control Interno y de Calidad.
- Externos: La Superintendencia de Sociedades es quien ejerce control y vigilancia contable sobre las Cámaras de Comercio. La Contraloría General de la Replublica ejerce vigilancia de nuestra gestión fiscal. La Procuraduría vigila las faltas disciplinarias en que podemos incurrir como sujetos obligados no tradicionales. La UGPP hace seguimiento a la oportuna, completa y adecuada liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la protección social y el Archivo General de la Nación vigila el cumplimiento de la normatividad relacionada con este tema. La DIAN realiza recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Tipos de Control
- Superintendencia de Industria y Comercio: control y vigilancia contable sobre las Cámaras de Comercio.
- Contraloría: vigilancia de la gestión fiscal.
- Procuraduría: vigila las faltas disciplinarias en que podemos incurrir como sujetos obligados no tradicionales
- UGPP: seguimiento a la oportuna, completa y adecuada liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la protección social
- Archivo General de la Nación: vigila el cumplimiento de la normatividad relacionada con este tema.
- DIAN: realiza recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Políticas Públicas recientes que han impactado los registros
Decreto 1820 del 15 de Septiembre de 2015, expedido por el MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, por medio del cual se incentiva la actividad económica en zonas de frontera y se otorga la gratuidad de la matricula mercantil.
Ley 1780 del 2 de mayo de 2016, expedido por el Congreso de la República Por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil. Se reconoce la exención del pago en la matricula mercantil y su renovación en el primer año a los jóvenes que están entre 28 y 35 años.
Ordenanza número 336 de 2012, de la Asamblea Departamental de La Guajira, que creó la estampilla Pro-Universidad, la cual graba con un costo de $ 3.200 pesos, el valor de los certificados de existencia y representación legal de las personas jurídicas.
Normativa de la entidad o autoridad
Documento CONPES Formalización (PDF)
2.2. Búsqueda de normas.
2.2.1 Sistema Único de Información Normativa – SUIN.
2.2.2. Sistema de búsquedas de normas, propio de la entidad
6. 1 Descripción General.
La Cámara de Comercio de La Guajira es un sujeto obligado no tradicional y no está obligada a tener mecanismos para que los interesados participen en la formulación de políticas, control y evaluación de la gestión institucional.