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CÁMARA DE COMERCIO PROMUEVE LA RENOVACIÓN HASTA EL 1 DE ABRIL DE 2024

La Cámara de Comercio de La Guajira promueve la renovación de la matrícula mercantil cuyo plazo máximo para el 2024 es el 1 de abril.

Es importante resaltar que matrícula mercantil es un requisito fundamental para el funcionamiento legal de cualquier empresa o negocio y su renovación debe realizarse los primeros tres meses de cada año

Para el trámite de renovación la entidad desarrolla acciones como visitas personalizadas a los establecimientos comerciales y a través de su programa Cámara Móvil se desplaza a los municipios del departamento para apoyar con el trámite de renovación de los registros públicos

El incumplimiento en la renovación de la matrícula mercantil puede acarrear sanciones legales y dificultades en la operatividad del negocio. Esto último, teniendo en cuenta que la actualización de este registro es esencial para realizar transacciones comerciales, abrir cuentas bancarias, obtener créditos y participar en licitaciones públicas, entre otros aspectos.

“El vencimiento de la renovación de la matrícula mercantil se acerca, por lo tanto, invitamos a todos los empresarios a asegurarse de que su matrícula esté actualizada hasta el 1 de abril de 2024, en cumplimiento con la normativa legal vigente” Indicó Álvaro Romero Guerrero, presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de La Guajira.

Para renovar la matrícula mercantil, los empresarios puedes dirigirse a las sedes físicas de la cámara de comercio en Riohacha, Maicao y Fonseca, aprovechar las jornadas de Cámara Móvil en su municipio o realizar el trámite de manera fácil, rápida y segura en www.camaraguajira.org

La Cámara de Comercio de La Guajira también dispone de las siguientes líneas de atención personalizadas para apoyar a los empresarios en su trámite de renovación: 317 440 7010-316 246 5999-316 466 8792

 

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PARTICIPA

Teniendo en cuenta lo contenido en la Resolución N 001519 del 24 de agosto de 2020 expedida por el Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones, correspondiente al anexo dos, inciso 6 Participa, en donde se establece que los sujetos obligados deben publicar en el botón de transparencia y acceso a la información pública, mecanismo o procedimiento por medio del cual el público pueda participar en la formulación de la política o el ejercicio de las facultades de ese sujeto obligado, se deberá publicar conforme a los lineamientos específicos que expida el Departamento Administrativo de la Función Pública, esta entidad registradora se permite informar que debido a su naturaleza jurídica privada y gremial contendida en el Decreto 1074 de 2015 Sector Comercio, Industria y Turismo, y sujetos obligados no tradicionales, por lo tanto no están sujetas a publicar dicha información. Para mayor información puede radicar su solicitud en el siguiente correo electrónico recepcion@camaraguajira.org.

Solicitudes de Inscripción

Esta opción permite consultar las solicitudes de registro que se han radicado en la Cámara de Comercio, en cumplimiendo de lo estipulado en el artículo 19 de la ley 962 de 2005, y conocer el estado actual de las mismas.

Los actos de inscripción aquí relacionados se entienden notificados frente a los intervinientes en la actuación y frente a terceros el día en que se efectúa la correspondiente anotación. De los recursos de Reposición y Apelación contra los actos de registro, habrá de hacerse uso, por escrito dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha del registro respectivo. (Artículos 44 y 51 Código Contencioso Administrativo).

Para la realización de esta consulta el usuario deberá indicarle al sistema la fecha que desea revisar.

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