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La Cámara de Comercio de La Guajira lideró la Mesa Técnica del Sector Económico, Gremios y Competitividad en el marco de la construcción del Plan de Desarrollo Departamental.

En este espacio de construcción en el que participaron diversos representantes del sector económico, gremios y actores se abrió espacio para discutir y proponer iniciativas que contribuyan al crecimiento sostenible de La Guajira. En este sentido, la entidad destacó la importancia de la colaboración y la articulación de esfuerzos para superar las problemáticas actuales y aprovechar las oportunidades de desarrollo para el departamento.

La propuesta especifica de la cámara de comercio giró alrededor de la necesidad de vincular a los Núcleos de Gestión de Destino al esquema de gobernanza del turismo en los municipios. de La Guajira. Este enfoque estratégico busca potenciar el sector turístico como motor de crecimiento económico, promoviendo una gestión integral y sostenible en todo el territorio.

Además, se resaltó la importancia de implementar mesas temáticas en el marco de la Comisión Regional de Competitividad e Innovación de La Guajira para articular a los diferentes actores involucrados en el desarrollo económico. Estas mesas temáticas servirán como espacios de colaboración donde se podrán abordar de manera más específica las necesidades de intervención de cada sector.

En el marco de la CRCI se manifestó la necesidad de redefinir las apuestas productivas del departamento, adaptándolas a las dinámicas actuales del mercado. Este enfoque estratégico busca potenciar las fortalezas de La Guajira y diversificar la economía, generando empleo y atrayendo inversiones.

En este espacio se abordó la problemática de las protestas sociales que generan bloqueos en las vías, afectando la competitividad del departamento y creando incertidumbre en los inversionistas de proyectos estratégicos. La cámara de comercio instó a las autoridades competentes a atender de manera urgente estos desafíos sociales, promoviendo el diálogo y la búsqueda de soluciones que aseguren un ambiente propicio para la inversión y el desarrollo sostenible.

“La Cámara de Comercio de La Guajira reafirma su compromiso con el progreso del departamento y continuará trabajando de la mano con los diversos actores involucrados en la construcción del Plan de Desarrollo Departamental. Se espera que estas iniciativas contribuyan significativamente al fortalecimiento económico y la competitividad de La Guajira en el ámbito nacional e internacional.” Anotó Álvaro Romero Guerrero, presidente ejecutivo de la entidad

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PARTICIPA

Teniendo en cuenta lo contenido en la Resolución N 001519 del 24 de agosto de 2020 expedida por el Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones, correspondiente al anexo dos, inciso 6 Participa, en donde se establece que los sujetos obligados deben publicar en el botón de transparencia y acceso a la información pública, mecanismo o procedimiento por medio del cual el público pueda participar en la formulación de la política o el ejercicio de las facultades de ese sujeto obligado, se deberá publicar conforme a los lineamientos específicos que expida el Departamento Administrativo de la Función Pública, esta entidad registradora se permite informar que debido a su naturaleza jurídica privada y gremial contendida en el Decreto 1074 de 2015 Sector Comercio, Industria y Turismo, y sujetos obligados no tradicionales, por lo tanto no están sujetas a publicar dicha información. Para mayor información puede radicar su solicitud en el siguiente correo electrónico recepcion@camaraguajira.org.

Solicitudes de Inscripción

Esta opción permite consultar las solicitudes de registro que se han radicado en la Cámara de Comercio, en cumplimiendo de lo estipulado en el artículo 19 de la ley 962 de 2005, y conocer el estado actual de las mismas.

Los actos de inscripción aquí relacionados se entienden notificados frente a los intervinientes en la actuación y frente a terceros el día en que se efectúa la correspondiente anotación. De los recursos de Reposición y Apelación contra los actos de registro, habrá de hacerse uso, por escrito dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha del registro respectivo. (Artículos 44 y 51 Código Contencioso Administrativo).

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