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Cámara de comercio fortalecerá a empresas del turismo y gastronomía de palomino con el programa CREEce.

La Cámara de Comercio de La Guajira inicia la tercera edición del programa CREEce una iniciativa que ofrece formación y asesorías especializadas para potenciar a las empresas y hacerlas más productivas.

Para esta edición el programa está dirigido a 60 empresarios del turismo y gastronomía localizadas en Palomino con los cuales se trabajará seis frentes de trabajo como aspectos comerciales, mejora de la oferta de valor, mejoramiento productivo, formalización, aspectos contables y financieros y capital humano.

El programa CREEce es una iniciativa desarrollada por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo a través de INNpulsa, FONTUR y las cámaras de comercio aliadas Cartagena, La Guajira, Magangué, Santa Marta, Montería y Santa Rosa de Cabal.

Para postularse los empresarios deben cumplir con los siguientes requisitos: Pertenecer al sector turismo y gastronomía, estar ubicado en Palomino corregimiento de Dibulla, La Guajira, estar registrado en la Cámara de Comercio, o tener RUT, por lo menos hace un año, las empresas del sector turismo deben contar con RNT activo, tener mínimo dos empleados, bajo cualquier tipo de vinculación laboral, tener herramientas ofimáticas e internet

Los participantes seguirán una ruta de acompañamiento con un diagnóstico inicial para analizar el estado general del negocio para estructurar un plan de trabajo personalizado, contarán con asesoría individual con 16 horas de asesorías con expertos que le guiarán en la implementación de herramientas prácticas para mejorar el control y la gestión de su empresa.

También recibirán entrenamiento en espacios teórico prácticos virtuales con expertos para adoptar mejores prácticas y relacionamiento comercial para realizar negocios o alianzas estratégicas que contribuyan a dinamizar su oferta de productos y servicios

Es importante resaltar que la Cámara de Comercio de La Guajira ha reportado un impacto importante en el programa por ejemplo en el 2019 se beneficiaron 74 empresas del subsector de la gastronomía de Riohacha y Maicao que puntualmente fueron intervenidas en aspectos comerciales, contables y financieros, transformación digital, mejora de la oferta de valor y productividad.

De la misma manera, en el 2022 empresarios de Barrancas, Fonseca, San Juan del Cesar y Villanueva pertenecientes a los subsectores de panadería y repostería, alojamientos, restaurantes, confección y droguería, que cumplieron con una con una ruta de intervención de 50 horas.

    

PARTICIPA

Teniendo en cuenta lo contenido en la Resolución N 001519 del 24 de agosto de 2020 expedida por el Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones, correspondiente al anexo dos, inciso 6 Participa, en donde se establece que los sujetos obligados deben publicar en el botón de transparencia y acceso a la información pública, mecanismo o procedimiento por medio del cual el público pueda participar en la formulación de la política o el ejercicio de las facultades de ese sujeto obligado, se deberá publicar conforme a los lineamientos específicos que expida el Departamento Administrativo de la Función Pública, esta entidad registradora se permite informar que debido a su naturaleza jurídica privada y gremial contendida en el Decreto 1074 de 2015 Sector Comercio, Industria y Turismo, y sujetos obligados no tradicionales, por lo tanto no están sujetas a publicar dicha información. Para mayor información puede radicar su solicitud en el siguiente correo electrónico recepcion@camaraguajira.org.

Solicitudes de Inscripción

Esta opción permite consultar las solicitudes de registro que se han radicado en la Cámara de Comercio, en cumplimiendo de lo estipulado en el artículo 19 de la ley 962 de 2005, y conocer el estado actual de las mismas.

Los actos de inscripción aquí relacionados se entienden notificados frente a los intervinientes en la actuación y frente a terceros el día en que se efectúa la correspondiente anotación. De los recursos de Reposición y Apelación contra los actos de registro, habrá de hacerse uso, por escrito dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha del registro respectivo. (Artículos 44 y 51 Código Contencioso Administrativo).

Para la realización de esta consulta el usuario deberá indicarle al sistema la fecha que desea revisar.

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